BCV Interpretacion 109 al 115


Interpretación de la Ley del Banco Central de Venezuela Artículos: 109 al 115.

El Banco Central de Venezuela, es el que esta Facultado, para hacer todo lo relacionado a la convertibilidad de monedas, para intercambiarlas por monedas extranjeras. Además de regular, intervendrá en las negociaciones comerciales Internacionales de gran importancia Para la Nación, transacciones, traslados de fondos desde adentro hacia afuera y viceversa del país. El BCV se relacionara estrechamente con el ejecutivo nacional para intercambios y convenios internacionales y del sistema financiero del País. Otra más de las facultades que tiene el Banco Central de Venezuela es de transferir los ingresos por ventas de hidrocarburos a través de Petróleos de Venezuela y deberán ser vendidas exclusivamente por el Banco Central de Venezuela, de acuerdo a las necesidades presupuestarias asignadas de la Nación, además aprobadas por la Asamblea Nacional, dentro de los 15 días de cada trimestre. El Banco Central de Venezuela, tendrá el poder para hacer el uso de las reservas Internacionales para lo dispuesto en la Nación y para lo que se estime conveniente: oro amonedado y en Barra, Depósitos a Corto plazo en Bancos con referencia Mundial, Derecho de giros, posición crediticia en Bancos Mundiales de crédito y fondo Crediticios.

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