Analisis del Banco Central de Venezuela
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
COLEGIO UNVERSITARIO PROF. JOSÉ LORENZO PÉREZ ROGRÍGUEZ
PROGRAMA DE FORMACIÓN NACIONAL EN ADMINISTRACIÓN
TRAYECTO IV. SECCIÓN 48
CÁTEDRA: SISTEMAS FINANCIEROS
PROFESOR: JOSE MADRIZ
Como centralizador de las reservas internacionales
Elaborado por:
MADRIZ, JOSE CI– 16.901.225
CARACAS, MAYO DE 2010
banco central de venezuela:
centralizador de las reservas internacionales.-
Banco central de Venezuela: “Es una persona jurídica de derecho pública, de rango constitucional, de naturaleza única, con plena capacidad pública y privada, integrante del Poder Público Nacional”. Art. 1.-
Funciones: “Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central de Venezuela tendrá a su cargo las siguientes funciones” Art. 7.-
- Formular y ejecutar la política monetaria.
- Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.
- Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.
- Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema financiero.
- Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la República.
- Estimar el nivel adecuado de las reservas internacionales de la republica.
- Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del mismo, en los términos en que convenga con el Ejecutivo Nacional.
- Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país y establecer sus normas de operación.
- Ejercer, con carácter exclusivo, la facultad de emitir especies monetarias.
- Asesorar a los poderes públicos nacionales en materia de su competencia.
- Ejercer los derechos y asumir las obligaciones de la República en el Fondo Monetario Internacional, según lo previsto en los acuerdos correspondientes y en la ley.
- Participar, regular y efectuar operaciones en el mercado del oro.
- Compilar y publicar las principales estadísticas económicas, monetarias, financieras, cambiarias, de precios y balanza de pagos.
- Efectuar las demás operaciones y servicios propios de la banca central, de acuerdo con la ley.
De la Convertibilidad Externa, Transacciones Cambiarias y Reservas Internacionales
Artículo 109: “Las monedas y los billetes de curso legal serán libremente convertibles al portador y a la vista, y su pago será efectuado por el Banco Central de Venezuela mediante cheques, giros o transferencias sobre fondos depositados en bancos de primera clase del exterior y denominados en moneda extranjera, de los cuales se puede disponer libremente”.
Artículo 110: “El Banco Central de Venezuela regulará, en los términos que convenga con el Ejecutivo Nacional, la negociación y el comercio de divisas en el país; las transferencias o traslados de fondos, tanto en moneda nacional como en divisas, del país hacia el exterior o desde el exterior hacia el país, así como los convenios internacionales de pago”.
En la regulación que dicte al efecto, el Banco Central de Venezuela podrá establecer requisitos, condiciones y procedimientos en relación con las materias a que se refiere el presente artículo. El Banco Central de Venezuela deberá estar representado en las comisiones especiales que el Ejecutivo Nacional creare para conocer y decidir aquellos asuntos que determinen los convenios cambiarios.
Artículo 111: “En los convenios cambiarios que suscriban el Banco Central de Venezuela y el Ejecutivo Nacional, se establecerán los márgenes de utilidad que podrán obtener, tanto el Banco Central de Venezuela como los bancos e instituciones financieras que participen en la compraventa de divisas”.
Artículo 112: “Los convenios cambiarios que celebren el Ejecutivo Nacional y el Banco Central de Venezuela regularán todo lo correspondiente al sistema cambiario del país. Éstos podrán establecer limitaciones o restricciones a la libre convertibilidad de la moneda nacional cuando se considere necesario para su estabilidad, así como para la continuidad de los pagos internacionales del país o para contrarrestar movimientos inconvenientes de capital”.
Artículo 113: “Las divisas que se obtengan por concepto de las exportaciones de hidrocarburos deberán ser vendidas exclusivamente al Banco Central de Venezuela, al tipo de cambio que rija para cada operación. El contravalor en bolívares de las divisas provenientes de estas exportaciones se depositará en la cuenta respectiva en el Banco”.
El Banco Central de Venezuela debe suministrar a Petróleos de Venezuela S.A., o al ente creado para el manejo de la industria petrolera, las divisas que esta empresa solicite para la cobertura de sus necesidades, de acuerdo con el presupuesto de divisas aprobado por la Asamblea de dicha empresa para el respectivo ejercicio, así como con la programación trimestral que deberá ésta presentar al Banco, dentro de los últimos quince (15) días de cada trimestre.
Petróleos de Venezuela S.A., o el ente creado para el manejo de la industria petrolera, no mantendrá fondos en divisas por encima del límite que le haya autorizado el Directorio del Banco Central de Venezuela, a los efectos de sus pagos operativos en el exterior y que aparecerá reflejado en los balances de la empresa. Asimismo, informará trimestralmente o a requerimiento del Banco sobre el uso y destino de los referidos fondos.
Artículo 114. “Las reservas internacionales en poder del Banco Central de Venezuela estarán representadas, en la proporción que el Directorio estime conveniente, de la siguiente forma:
1. Oro amonedado y en barras, depositado en sus propias bóvedas y en instituciones financieras del exterior calificadas de primera clase, según criterios reconocidos internacionalmente.
2. Depósitos en divisas a la vista o a plazo y títulos valores en divisas emitidos por instituciones financieras del exterior calificadas de primera clase, según criterios reconocidos internacionalmente.
3. Depósitos en divisas a la vista o a plazo y títulos valores en divisas emitidos por entes públicos extranjeros e instituciones financieras internacionales, en las cuales la República tenga participación o interés y que sean de fácil realización o negociabilidad.
4. Derechos especiales de giro u otra moneda fiduciaria internacional.
5. Posición crediticia neta en el Fondo Monetario Internacional.
El Banco Central de Venezuela podrá realizar operaciones que procuren atenuar los riesgos existentes en los mercados financieros internacionales, donde se invierten las reservas del país”.
Interpretación de la Ley del Banco Central de Venezuela Artículos: 109 al 115.
El Banco Central de Venezuela, es el que esta Facultado, para hacer todo lo relacionado a la convertibilidad de monedas, para intercambiarlas por monedas extranjeras. Además de regular, intervendrá en las negociaciones comerciales Internacionales de gran importancia Para la Nación, transacciones, traslados de fondos desde adentro hacia afuera y viceversa del país. El BCV se relacionara estrechamente con el ejecutivo nacional para intercambios y convenios internacionales y del sistema financiero del País. Otra más de las facultades que tiene el Banco Central de Venezuela es de transferir los ingresos por ventas de hidrocarburos a través de Petróleos de Venezuela y deberán ser vendidas exclusivamente por el Banco Central de Venezuela, de acuerdo a las necesidades presupuestarias asignadas de la Nación, además aprobadas por la Asamblea Nacional, dentro de los 15 días de cada trimestre. El Banco Central de Venezuela, tendrá el poder para hacer el uso de las reservas Internacionales para lo dispuesto en la Nación y para lo que se estime conveniente: oro anomedado y en Barra, Depósitos a Corto plazo en Bancos con referencia Mundial, Derecho de giros, posición crediticia en Bancos Mundiales de crédito y fondo Crediticios.
Es importante definir que son las Reservas Internacionales para facilitar el aprendizaje, por lo que se considera estas reservas como: “Un conjunto de activos financieros sobre el exterior en poder o bajo el control de las autoridades monetarias, las cuales están a su disposición para atender desequilibrios de la balanza de pagos. Estos activos constituidos principalmente por oro, divisas, derechos especiales de giro, depósitos en bancos extranjeros y posición ante el Fondo Monetario Internacional, están a disposición de dichas autoridades para servir como medios de pago de las transacciones corrientes y financieras que realiza el país con el resto del mundo, y a la vez para respaldar el valor interno y externo de la moneda nacional”.
También se puede interpretar como los recursos financieros en divisas con los cuales cuenta un país para garantizar los pagos de los bienes que importa y el servicio de la deuda, así como para estabilizar la moneda. En Venezuela la autoridad monetaria que centraliza y administra las reservas internacionales del país es el Banco Central de Venezuela.
Las reservas internacionales son un conjunto de fondos representados en moneda, dinero o similares, guardados como previsión de eventuales necesidades o por razones legales o contractuales, están formadas por los activos externos (cantidad de oro y divisas) que posee un país para hacer frente a sus compromisos internacionales, que están bajo control del Banco Central.
Estos activos son de disponibilidad inmediata y pueden ser usados para financiar pagos al exterior, por ejemplo, los pagos por importaciones, también pueden ser utilizadas por el Banco Central para intervenir en el mercado cambiario y defender la tasa de cambio cuando ello sea necesario.
La acumulación de reservas internacionales es el resultado de las transacciones que un país realiza con el exterior.
Las transacciones que producen ingresos de divisas entre otras son, las exportaciones, los créditos de bancos extranjeros, las transferencias hechas por venezolanos en el exterior, y la inversión extranjera en el país. Las que generan egresos de divisas son las importaciones, los pagos de intereses de las deudas contraídas en el exterior, y los giros de venezolanos desde el interior hacia el exterior, entre otras. Cuando los ingresos son mayores que los egresos se acumulan reservas internacionales
Las reservas internacionales están formadas por el conjunto de capital nacional, producto del ahorro público y privado generado por los superávit de ingresos sobre egresos en las transacciones cambiarias del país con el resto del mundo. Se incrementan o disminuyen de acuerdo a los saldos netos del comercio internacional. Tradicionalmente estuvieron constituidas sólo por el oro, pero luego, con la generalización de su uso, comenzaron a aceptarse también reservas de papel moneda.
Para que una moneda pueda considerarse como reserva ésta debe ser aceptada como medio de pago internacional; sólo los países con una moneda estable y firmemente respaldada por su economía interna, y que a la vez participen activamente del comercio internacional, pueden poseer una moneda capaz de cumplir con tal condición.
Las reservas suelen subdividirse en operativas y no operativas. Las primeras son más líquidas que las segundas, pues están constituidas por dólares americanos y, eventualmente, otras monedas; las segundas están conformadas por las tenencias de oro que poseen los bancos centrales de los países, son por lo tanto menos líquidas, y se contabilizan también según su valor en dólares.
Existen muchos tipos de reservas representadas en dinero o similares, sin embargo, desde un punto de vista económico, podemos identificar dos clases importantes de reservas que son parte fundamental del sistema económico y financiero actual.
- Reservas Bancarias:
El Banco Central establece una cantidad mínima de dinero que las instituciones financieras deben mantener permanentemente y que no pueden utilizar para otras actividades, garantizando así que éstas pueden retornar a los ahorradores sus ahorros en caso de que ellos los soliciten o se les presenten problemas de dinero a dichas instituciones; es decir, las reservas bancarias son un porcentaje del total de los depósitos que reciben las instituciones financieras, porcentaje que deben guardar en efectivo en sus cajas o en sus cuentas en el Banco Central.
- Reservas Monetarias Internacionales:
Las reservas internacionales son una cantidad determinada de recursos que los países poseen y que se utilizan para cumplir con compromisos internacionales. Éstas se encuentran representadas, principalmente, en monedas extranjeras y otros activos como el oro. También pueden ser utilizadas por el Banco Central para intervenir en el mercado cambiario y defender la tasa de cambio cuando ello sea necesario; es decir, para evitar que el bolívar pierda o gane mucho valor en comparación con otras monedas extranjeras.
OBJETIVOS DE LAS RESERVAS INTERNACIONALES:
· Abarata Costos Financieros: Favorable percepción de riesgo en mercados internacionales. Capacidad de endeudamiento.
· Continuidad de Pagos Internacionales: Cobertura de compromisos internacionales.
· Apoyo Política Monetaria y Cambiaria: Estabilidad Cambiaria.
· Contingencia: Minimiza el riesgo relativo a la interrupción de flujos de ingresos externos: volatilidad de ingresos por exportaciones, términos de intercambio y flujos de capitales.
GESTION DE ADMINISTRACION:
La Gestión de las Reservas Internacionales debe asegurar:
· El apropiado control de los riesgos inherentes al proceso de inversión de los recursos. Ello comprende riesgos de crédito, mercado y operativo.
· Que se cuente con los fondos adecuados para hacer frente a los objetivos previamente definidos.
· Que se obtenga en el mediano plazo una rentabilidad apropiada sobre estos fondos, ello sujeto a las restricciones derivadas del perfil riesgo/retorno seleccionado para dicho portafolio.
De allí que los criterios universalmente utilizados se refieran a seguridad, liquidez y rentabilidad. Se trata de maximizar el valor de las reservas dentro de los parámetros de riesgo aceptados, asegurando entre otros aspectos, la disponibilidad de los fondos. Por lo que se atiende a Tres Criterios:
1. Seguridad: activos de calidad por la necesidad de preservar el valor del capital invertido.
· Inversión en títulos de la mayor calidad crediticia.
· Metodología de selección y límites por instituciones depositarias y emisoras.
· Custodia en bancos centrales.
· Transacciones efectuadas bajo la forma “pago contra entrega”.
· Seguimiento de indicadores de riesgo de crédito y mercado.
2. Liquidez: activos que se puedan negociar fácilmente. Capacidad de convertir rápidamente los activos de reserva en fondos disponibles en moneda extranjera.
· Inversiones en instrumentos con mercados secundarios de gran liquidez y profundidad.
· Inversiones en monedas de libre convertibilidad y general aceptación.
· Inversiones en mercados con alta disponibilidad de información.
· Inversiones de corto plazo.
3. Rentabilidad: activos que provean un rendimiento adecuado. Obtención del máximo rendimiento asociado a un determinado perfil de riesgo.
· Manejo activo del portafolio mediante la asignación estratégica de las inversiones.
· Definición de estructuras de cartera sobre la base de perfiles de riesgo-retorno.
· Diversificación en instrumentos, plazos y divisas
Las reservas internacionales de Venezuela que administra el BCV provienen fundamentalmente de las exportaciones petroleras que realiza PDVSA. Cuando PDVSA comercializa petróleo recibe divisas, las cuales vende al BCV a cambio de bolívares. Luego, PDVSA paga sus impuestos, regalías y utilidades y traspasa esos bolívares al Gobierno Nacional. De esta forma es que el BCV crea los bolívares que circulan en la economía y cuyo respaldo son las reservas internacionales.
IMPORTANCIA:
Las reservas internacionales son un indicador de la generación de valor de una nación a través de sus negociaciones internacionales con otras naciones. En el mundo moderno, ninguna nación esta excluida de poseer reservan internacionales, ya que estas definen el nivel de riesgo que tienen los inversionistas en el momento de pretender hacer negociaciones con países como el nuestro.
La cantidad de reservas que posee un país influye decisivamente en el tipo de cambio de la moneda nacional: cuanto mayores sean las reservas de un país más se tenderá a fortalecer ésta, pues contará con un respaldo mayor, lo que presionará hacia la revalorización de la misma; cuando las reservas disminuyen se genera una presión hacia la devaluación de la moneda nacional.
La administración de las reservas internacionales implica decisiones complejas en lo que se refiere a la inversión de estos activos dentro de un portafolio diversificado y a la disponibilidad de medios de pago internacional para atender oportunamente los pagos por todos los conceptos de la balanza de pagos. De esto se desprende la capacidad profesional de prudencia y discreción que exige la administración de las reservas internacionales de un país.
La historia de las resevas internacionales en Venezuela:
Venezuela ha pasado por diferentes sistemas cambiarios a lo largo de la historia. Al finalizar el año 1.957 las Reservas Internacionales de Venezuela alcanzan a 1.396 millones de dólares. A partir de 1.958 se inicia un violento proceso de drenaje de las reservas provocado por los capitales que se fugaban, atemorizados por los cambios que se estaban gestando en el país.
Tal proceso se vio además estimulado por el rumbo comunista que adoptó la revolución cubana y los temores de que la misma pudiera extenderse a Venezuela. De esta forma, para 1.962 nuestras Reservas Internacionales se habían ubicado en apenas 583 millones de dólares.
En un intento por frenar la salida de divisas, el Gobierno Nacional crea en noviembre de 1.960, mediante Decreto N° 390, un régimen de control de cambios. Ese control de cambios pretendía frenar la libre remesa de fondos al exterior en aquellos casos en que no existiese una contrapartida en bienes y servicios. De allí, que se autorizaba el suministro de divisas al tipo de cambio controlado para todo tipo de pagos al exterior. Tal concepción no arrojó los resultados que se esperaban. Por tales motivos, durante los primeros meses de 1.961 se modificó nuevamente el régimen de control de cambios, estableciendo mecanismos más severos de regulación.
En enero de 1964 se levantó el control de cambios que había imperado desde 1.960 ya que se registraba una mejoría significativa desde 1.962 en la Balanza de Pagos, y se formaliza la devaluación del bolívar y la fijación de un tipo de cambio libre a razón de Bs. 4,50 por dólar. El crecimiento económico venezolano era positivo y llegó a alcanzar los 7,8 % en 1.976.
Casi dos décadas más tarde, y la inflación se incrementó y las exportaciones petroleras descendieron de 19,3 millardos de dólares (1.981) a 13,5 millardos (1983). Finalmente, el 18 de febrero de 1983, en una fecha que popularmente ha sido designada como el viernes negro, el gobierno se vio obligado a reconocer que resultaba imposible hacerle frente a los compromisos externos que vencerían ese año. En consecuencia, se vio obligado a adoptar una decisión que hasta ese momento había intentado evitar a toda costa: el control de cambios.
Al respecto, el Banco Central de Venezuela informó:
"Después de diecinueve años con un sistema de cambio fijo y libre convertibilidad del bolívar, que hacía de la economía venezolana un caso singular en el sub-continente de América Latina, el 20 de febrero de 1983 fue cerrado el mercado cambiario, al tiempo que se inició, una semana después, un nuevo régimen regulatorio fundamentado en un control de cambios".
De esta forma se implantó el Régimen de Cambios Diferenciales (RECADI) a través del cual se privilegió la importación de insumos con un tipo de cambio preferencial. RECADI constituía para la fecha de su aprobación una modalidad de control cambiario que incluía dos tipos de cambios con mercados a paridad fija preferencial (Bs. 4,30 y Bs. 6,00 por US$ respectivamente) y un mercado libre a paridad variable.
La gran mayoría de los insumos requeridos por las industrias se podrían seguir importando con dólares a 4,30. Con el tiempo, la brecha entre el tipo de cambio preferencial y el tipo de cambio libre se fue haciendo cada vez mayor. En la medida en que esto fue ocurriendo, RECADI llegó a transformarse en una de las mayores fuentes de corrupción que ha conocido la historia de Venezuela.
Durante 1983, una vez instaurado el control de cambios, la política económica consistió en una combinación de crecimiento del gasto público en desmedro de la fortaleza real de la moneda para evitar una mayor contracción de la economía y preservar los niveles de empleo (BCV 1983). De esta manera, las metas de control de la inflación y de restauración de equilibro externo se remitieron a la imposición de medidas administrativas de racionamiento de divisas y control de precios.
A finales de 1986, en virtud de una caída de 47% en los ingresos petroleros, la tasa referencial pasó de Bs/US$ 7,50 hasta Bs/US$ 14,50 y se trasladaron hacia esa cotización las importaciones que anteriormente se transaban a la tasa de Bs/US$ 7,50. Los efectos de la corrección del tipo de cambio en diciembre de 1.986 se expresaron en 1987 al triplicarse la inflación. Luego la concurrencia de un déficit fiscal de 7,8% del PIB y de cuenta corriente equivalente a 9,1% del PIB, conjuntamente con la ampliación del diferencial cambiario hasta 132%, permitieron anticipar un colapso de balanza de pagos a finales de 1988 con el consecuente cambio de régimen cambiario. Este cambio se materializó en febrero de 1989.
A principio de 1989, se aplica un programa de ajuste con el poyo del FMI, el cual incluía un esquema de flotación del tipo de cambio. Para el momento de entrar en vigencia el nuevo esquema cambiario, se determina una paridad nominal del orden de Bs. 39,60/US$ que era exactamente la paridad del mercado libre para el día que se eliminó el control de cambios - lo cual implicaba una fuerte devaluación si se le compara con el tipo de cambio preferencial que estaba vigente a través de RECADI, fijado en Bs. 14,50 por dólar desde diciembre de 1986.
El nuevo esquema cambiario tuvo un fuerte impacto en el nivel de precios, ya que al suprimirse el tipo de cambio preferencial, todos los bienes tendrían que importarse al cambio vigente en el mercado. Ello se tradujo, como es natural, en una aguda inflación de costos en los inicios del programa de ajustes, además de una disminución drástica de las importaciones y un aumento de las exportaciones, especialmente petroleras ya que el conflicto del Medio Oriente estaba en pleno apogeo.
Las Reservas Internacionales aumentaron, pero con la intentona golpista del 4 de febrero de 1.992 se hizo sentir una severa crisis de confianza, lo que trajo consigo la salida de divisas, el dólar se disparó a Bs. 68, por lo que el Banco Central tuvo que intervenir en el mercado de divisas de una manera más activa, lo que se evidenció en una merma de las Reservas Internacionales.
A partir de octubre de 1.992 se aplica un sistema de mini devaluaciones, pero una nueva golpista en noviembre de ese año logró la fuerte intervención del Banco Central de Venezuela en el mercado cambiario. Entre 1.992 y 1.994 imperó ese sistema de mini devaluaciones, acompañado de una recesión e inestabilidad económica en el año 1.993. En 1994 la crisis fiscal venezolana se acentuó. Bajó el precio del petróleo y la situación del sistema bancario desata la crisis financiera y la intervención a varios bancos en el país. La tasa de inflación llegó a 9% mensual.
La continua pérdida de reservas internacionales durante junio de 1.994 motivó el cierre del mercado cambiario entre el 27 de junio y el 9 de julio de ese año, una vez agotados los esfuerzos por detener las salidas de capital en el contexto del esquema de mini devaluaciones. Fue una medida de urgencia para ganar tiempo vista la agudización de la crisis financiera y situación desfavorable de las expectativas.
Se instrumentó un control de cambios integral según el cual todas las transacciones, tanto corrientes como financieras, estaban cubiertas por una tasa de cambio única a razón de 170 bolívares por dólar, lo que significó una devaluación de 23% respecto al tipo de cambio promedio de mayo de 1994 y la asignación de las divisas quedó a cargo de una junta donde participaban el BCV y el Gobierno Nacional.
No se contempló la posibilidad de un mercado de cambios paralelo, aunque efectivamente un mercado negro absorbió las distorsiones del mercado, que llegó a reflejar un diferencial de 92% en noviembre de 1995 entre el cambio real y el declarado por el BCV.
Para muchos analistas, el control de cambio no sirvió para mejorar la situación económica venezolana. En abril de 1996, entró en vigencia un esquema de flotación entre bandas. Antes de implementar el sistema de bandas cambiarias en julio de 1.996, Venezuela tuvo un momento de transición (abril – julio 1996), en el cual el bolívar flotó libremente. El dólar saltó de bolívares 290 a 470 por dólar.
Hasta el 12 de febrero del 2002, Venezuela mantuvo sus bandas cambiarias y el dólar se cotizó a 793 para la venta. 13 de febrero del 2002, entró en vigencia un esquema de flotación, el cual produjo el cierre de la divisa estadounidense en 980 para la compra y 981 para la venta, según el Banco Central de Venezuela.
Venezuela, tercero en Reservas Internacionales
Venezuela terminó el ejercicio económico de 2005 con un nivel de reservas internacionales por el orden de los 30 mil 311 millones de dólares, cuya cifra significó ser la tercera más alta entre los países de la región, según evidencia un informe de la firma Aristimuño Herrera & Asociados.
El documento destacó que México y Brasil presentaron las mayores Reservas Internacionales de América Latina, con cifras de 68 mil 669 millones de dólares y de 53 mil 801 millones de dólares, respectivamente, al cierre del año anterior.
Asimismo, revela que Venezuela logró en el 2005 un crecimiento en las reservas internacionales de 25,2%, sin incluir en este monto los 6 mil millones de dólares que el Banco Central de Venezuela (BCV) traspasó al Ejecutivo Nacional en el segundo semestre del año anterior, de acuerdo con el mandato de la Asamblea Nacional.
De no haberse transferido estos fondos, el incremento en las reservas internacionales hubiese alcanzado 50%. Este incremento en las reservas internacionales estuvo acompañado por un crecimiento económico de 9,4%, el más alto de la región, destaca el informe.
A pesar de estas favorables cifras en el aspecto macroeconómico, las cuales principalmente se deben a los importantes ingresos petroleros que está recibiendo el país, observamos que en el aspecto microeconómico deben superarse serias deficiencias que permitan prever un crecimiento económico sostenido de largo plazo, puesto que todavía se mantiene una parte muy importante del sector privado con capacidad de realizar importantes inversiones, tanto con recursos propios como con préstamos bancarios, sin la suficiente confianza para la ejecución de importantes proyectos que implican generación de riqueza y creación de empleo formal, refiere el documento.
BIBLIOGRAFÍA
1.- LEY DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA. Gaceta Oficial No. 38.722. del 10 de julio de 207.-
3.- www.banrep.gov.co/economía
4.- www.gestiopolis.com
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